domingo, 30 de junio de 2013

La Poesía Panameña y Pedro Rivera

Pedro Rivera

(1939)

Nació en la Ciudad de Panamá, el 5 de enero de 1939. Egresado del Instituto Nacional. Curso estudios de Sociología y Filosofía e Historia en la Universidad de Chile y en la Universidad de Panamá.

En 1958 funda el grupo “Gaspar Octavio Hernández”. En 1961 funda y dirige el grupo “Columna cultural”, hasta 1965, Presidente de la Unión de escritores de Panamá en 1972. Miembro de la Fundación del Nuevo Cine Latinoamericano que preside Gabriel García Márquez. Dirigió la revista de cine y medios de comunicación Formato 16, de 1976 a 1984. Codirigió la revista Opinión Pública de 1988 a 1990. Director del Plegable: Temas de nuestra América, desde 1981. Editor de La Junta, boletín del Programa Municipios Siglo XXI. Editor de Jornada, Suplemento del periódico “La Universidad”, Universidad de Panamá.

Ha merecido distinciones múltiples por su obra literaria. En 1969, obtiene el Premio Ricardo Miró, en las secciones Poesía y Cuento, con Los pájaros regresan de la niebla y con Peccata minuta respectivamente. Premio Ricardo Miró 1993, sección cuento, con Las huellas de mis pasos. Premio Ricardo Miró 2000, sección poesía, con la obra La mirada de Ícaro. Premio Ricardo Miró 2004, sección ensayo, con Condición humana, invasión y guerra infinita. Premio “Liga de amistad con los pueblos” por su filme Soberanía, Leipzig, 1975. Premio “Copa Azul” otorgado por la Unión de Periodistas de la Unión Soviética en 1976; Por Ahora ya no estamos solos y otros filmes en el Festival de Tashkent. Premio Caimán Barbudo otorgado por la revista del mismo nombre y también fue galardonado por el filme ¡Aquí hay coraje!, en el Festival de la Habana, 1979.

En el 2005, la Alcaldía de Panamá le otorga la Llave de la ciudad, por su aporte a la cultura nacional. En el 2008, El Consejo Nacional de Escritores, le otorga la Condecoración Nacional Rogelio Sinán. En el 2012, el Consejo General Universitario, mediante Resolución 3-12, le otorgó el Doctorado Honoris Causa, por sus méritos intelectuales y cívicos (por sus luchas populares en defensa de la soberanía) y por ser un ejemplo de vida que dignifica la condición humana.

Pedro Rivera es poeta, narrador y cineasta. Trabaja en actividades de extensión cultural en la Universidad de Panamá.

domingo, 9 de junio de 2013

Un día como hoy 9 de junio de 1971

El Sacerdote Jesús Héctor Gallego, misionero que lucha por la redención de los campesinos de Veraguas, después de sucesivos actos de provocación, es secuestrado y desaparece de forma misteriosa, sin dejar rastro alguno. El régimen militar lo consideraba una amenaza, por sus actividades cooperativas desarrolladas en Santa Fe de Veraguas.


El asesinato del sacerdote católico y líder de la cooperativa campesina, significó para el  régimen Militar enfrentar manifestaciones de rechazo multitudinario, en un momento en que ya finalizaba su campaña de intimidación y asesinatos.

Reproducimos el informe de la comisión de la verdad

Jesús Héctor Gallego Herrera. CV-DO 3 5-01
Desaparecido. Santa Fe, provincia de Veraguas, 9 de junio de 1971.

Rostro de la víctima
Héctor Gallego tenía 33 años de edad, de nacionalidad colombiana. Era sacerdote católico, responsable de la Iglesia de Santa Fe, Veraguas.

Los hechos
El padre Héctor Gallego fue obligado por dos sujetos a que se montara en un jeep con capota blanca, la noche del 9 de junio de 1971, según lo declaran los testigos Jacinto Peña y Clotilde Toribio de Peña en las sumarias del caso.

Dos hombres se presentaron a la residencia de Jacinto Peña Abrego, ubicada en la población de Santa Fe, en la provincia de Veraguas preguntando por el padre Gallego. El Padre contestó el llamado, lo que despertó a los esposos Peña.

Según (testigo), él no pudo distinguir los rostros de las personas que llegaron, porque se quedó dentro de la casa, mientras Gallego conversaba con esas personas. Pero sí escuchó que le decían al Padre que debía acompañarlos al cuartel por orden superior. "El Padre se negó en un principio, pero al decirle alga en voz baja, el Padre accedió y volvió al interior de la casa a vestirse... le pidió (al testigo) que se callara y se fue siempre con los mismos".

Tanto Jacinto como Clotilde vieron cómo el Padre caminaba entre los dos hombres que lo llevaban y escucharon un chillido del Padre; salieron para verlo, pero los hombres se montaron con él en el jeep de capota blanca y salieron rápidamente del lugar. A partir de ese momento, no supieron más de él.

Varios testimonios de personas de Santa Fe involucran a los miembros de la Guardia Nacional, Melbourne Walker, Eugenio Magallón y Oscar Agrazal, ya que efectuaron viajes al lugar preguntando por el padre Gallego, en los días anteriores a su desaparición.

Actividad judicial
Las investigaciones del caso las inicia, de oficio, la Procuraduría General de la República, que comisiona al Fiscal Segundo del Circuito de Veraguas para continuarlas, y las reasume nuevamente la Procuraduría, que posteriormente las remite a la Fiscalía Primera Superior del Segundo Distrito Judicial, que solicita se dicte Auto de sobreseimiento provisional, de carácter impersonal. La solicitud es acogida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial mediante Auto de fecha 26 de junio de 1973.

El 23 de enero de 1990, la Iglesia Católica solicita la reapertura de las sumarias y el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial la acoge. A partir de esta reapertura el 3 de enero de 1991, la Fiscalía Especial solicita se abra causa criminal contra Nivaldo Madriñán Aponte, Melbourne Constantino Walker Nevans, Eugenio Nelson Magallón Romero y Oscar Alberto Agrazal Jiménez, miembros del S-2 y G-2, solicitud que es acogida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, mediante Auto de 5 de abril de 1991.

Los señores Melbourne Constantino Walker Nevans, Eugenio Nelson Magallón Romero (juzgado en ausencia) y Nivaldo Madriñán Aponte, son juzgados en conciencia y condenados a quince años de prisión cada uno, en calidad de cómplices primarios. Se les aplicó, además, la pena accesoria de inhabilitación para ejercer funciones públicas, también por el término de 15 años, una vez cumplida la pena principal.

El señor Oscar Alberto Agrazal Jiménez es juzgado en derecho y absuelto de toda responsabilidad. Se presentó una apelación contra la sentencia de condena emitida por el Tribunal, la cual fue negada. El día 29 de noviembre de 1994, la Corte Suprema, Sala de lo Penal, confirma la pena de 15 años de prisión emitida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial.

Actualmente, el señor Eugenio Nelson Magallón permanece prófugo de la justicia, mientras que los señores Walker y Madriñán cumplen su condena mediante depósito domiciliario por problemas de salud.

Foto: Archivo del Panamá América

La Comisión de la Verdad considera:
  1. Hay suficientes elementos de convicción para concluir que Jesús Héctor Gallego Herrera fue detenido por la Guardia Nacional y desaparecido mientras se encontraba bajo custodia de ese cuerpo armado.
  2. Por lo tanto, puede concluirse que se cometió contra él la violación de su derecho a la vida, consagrado en el artículo 19 de la Constitución de 1946, en el artículo 1 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y en el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y se violó igualmente el principio de la firma de buena fe de los convenios y tratados, el artículo 4, sobre derecho a la vida, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, suscrita, aunque no ratificada, por la República de Panamá.

Foto: Archivo del Panamá América